LA EVASION: UN TEMA DE MODA
La evasión se ha convertido en un tema de moda en el país. Por estos predios hasta hace muy poco era un tópico casi restringido a los funcionarios de las entidades recaudadoras.
Sin embargo, hace unos meses el Ministro Administrativo de la Presidencia expresó su preocupación por el aumento de la evasión y hace unas semanas el Director de la DGII en una conferencia en la Cámara Americana de Comercio realizó severos planteamientos definiendo la evasión como “un deporte nacional”. También hemos visto que, de manera inusual los gremios de empresarios reconocen que existe una alta evasión y respaldan a las autoridades en la lucha emprendida. En ese mismo sentido, el pasado miércoles el Lic. Danilo Medina, Presidente de la República Dominicana, habló de evasión en la Septuagésima Primera Asamblea General de la ONU.
El presidente Medina se refirió a que la República Dominicana ha comenzado a adoptar las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera para América Latina (GAFILAT) contra el blanqueo de capitales. Este grupo promueve la implementación de estándares en la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Este organismo intergubernamental, auspiciado por OCDE, elaboró 40 recomendaciones con esos fines que fueron actualizadas en este mismo año y que incluyen por ejemplo: la tipificación de delitos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo; la necesidad de mejorar las leyes que regulan las organizaciones sin fines de lucro; asegurar que el secreto de las instituciones financieras no impida la implementación de las recomendaciones sobre el control efectivo del lavado; una serie de estándares sobre la debida diligencia de los clientes y la transparencia en la búsqueda de la identificación del beneficiario final de las personas jurídicas.
Aunque directamente el objetivo de las recomendaciones de GAFILAT no es reducir la evasión y la elusión, es evidente que fomentando la transparencia de las personas jurídicas y medidas de debida diligencia, también se combaten estos dos flagelos.
En el caso dominicano la autoridad reguladora de las entidades financieras ha avanzado en las medidas de supervisión bancaria, y de su lado las entidades reguladas han evolucionado positivamente en la implementación de autocontroles; del enfoque de control basado en riesgos y el cumplimiento de las normativas del órgano regulador.
Sin embargo, en el país persisten algunas disposiciones que van en sentido contrario de las recomendaciones del GAFILAT, en la medida en que dificultan la identificación del beneficiario final en el caso de las personas jurídicas y el control de los activos. Nos referimos básicamente a lo que establece la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, respecto a que las acciones y las obligaciones representadas por títulos podrán emitirse al portador (propietario innominado). Asimismo, el país adolece de registros públicos eficientes en el caso de bienes de lujo fundamentalmente muebles. Las dificultades que crea la existencia de las acciones innominadas y de activos cuyo propietario sea muy difícil identificar son razones que ponen en duda el nivel de transparencia de un país.
El presidente Lic. Danilo Medina señaló que la evasión “…es una gran amenaza para el financiamiento del Estado en todo el mundo, que dificulta a los gobiernos el cumplimiento de las grandes responsabilidades con sus ciudadanos”. También identifica la salida de recursos hacia paraísos fiscales y las estructuras corporativas que facilitan estas jurisdicciones (elusión), como causas que explican la insuficiencia de recursos públicos para afrontar las demandas que tienen los gobiernos.
Es evidente que, tanto la evasión como la elusión lesionan el ingreso público, pero existen diferencias importantes desde el punto de vista técnico y legal entre ambas. Dado que mientras la primera es un acto deliberado e ilegal de los contribuyentes para reducir sus obligaciones tributarias, la segunda se trata de usar de forma abusiva resquicios de la legislación tributaria, con el fin de reducir el pago de impuestos. Pueden existir diferencias de una legislación a otra en la forma de definirlas y sancionarlas; pero sobretodo, es relevante reconocer que se requiere de herramientas distintas para su control.
La magnitud de recursos que se escapan como resultado de estas modalidades de delito, infracción, incumplimiento o desviación tributaria, son escandalosas. La CEPAL por ejemplo, a través de su Secretaría Ejecutiva, situó el incumplimiento tributario en la región, durante el 2015, en unos US$340.000 millones y estimó la evasión de IVA en 2,2 puntos del PIB regional y 4,1 puntos en el caso Impuesto a la Renta. De manera que, los montos involucrados justifican la preocupación por el tema.
“La evasión representa, entre todos los actos lesivos al principio de igualdad de la tributación, la forma más burda y condenable de injusticia tributaria” Prof. Claudino Pita
En el caso Dominicano, la última cifra oficial publicada fue la tasa de evasión del ITBIS, que durante el 2010 ascendió a 29.7%; sin embargo, el Ministro Administrativo de la Presidencia hizo público que la evasión de este impuesto había superado el 40% en los últimos años. Por consiguiente, por cada punto de evasión del ITBIS se dejan de recaudar aproximadamente RD$ 2,400 millones. Tradicionalmente, los estudios muestran que la evasión del Impuesto Sobre la Renta duplica la del ITBIS, por tanto es dable suponer que el monto que se deja de percibir por la evasión del Impuesto sobre la Renta es aún mayor.
A pesar de la preocupación oficial por la reducción de la evasión, hay que considerar que se trata de un fenómeno multidimensional que no se explica únicamente por la acción deliberada de los contribuyentes; si no que se fortalece y se hace sistémico por debilidades institucionales y legales. Ambos factores, institucionales y legales, requieren de tiempo y mucha consistencia para ser mejorados.
Parece que desde el gobierno se tienen expectativas de obtener más ingresos tributarios a partir del combate de la evasión y la elusión tributarias, en línea con uno de los objetivos del pacto fiscal establecido en la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo. Siendo así, el primer paso debería ser medir la evasión y estructurar los planes de acción que serán ejecutados para reducirla y con ello cuantificar el resultado esperado en términos de ingresos. De esta forma, se podría incluir un incremento en la estimación de ingresos que se explique por el porcentaje de la reducción de la evasión alcanzado en ese periodo fiscal. De hecho es común en algunas Administraciones Tributarias. Es el caso de Chile donde el Servicio de Impuestos Internos es pionero en medir y hacer público el cálculo de evasión por lo menos del IVA; la situó en el 2015 en 20,3%, equivalente a unos US$4.918 millones anuales, 2,5 puntos menos que el año 2014. Según el Director de Impuestos este resultado es fruto del plan antievasión con el que se comprometió a disminuir cada año un porcentaje de la misma.
De manera que, parecería que el punto de partida debería ser medir la evasión para asegurase de la cantidad de dinero que podría ser recuperado; posteriormente elaborar un plan de trabajo con acciones de corto plazo; es decir que se puedan ejecutar en el 2017 y plantearse un monto de recaudaciones provenientes del logro de las metas asociadas a esos planes. Además, como forma de mejorar los elementos institucionales y legales, se hace necesario disponer de un plan de mediano y largo plazo que dé consistencia y sobretodo credibilidad a la lucha contra la evasión.